Corte Constitucional modifica el régimen de control del poder de mercado
El área de Competencia de ECIJA G Ecuador presenta una nueva nota informativa sobre la Sentencia No. 43-24-IN/26 de la Corte Constitucional, mediante la cual se declaró la inconstitucionalidad, con efectos retroactivos, de las reformas a los artículos 9, 11, 78 y 80 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM).
La decisión introduce cambios relevantes en el marco jurídico de la competencia en Ecuador, al restablecer el texto derivado del veto presidencial y modificar aspectos fundamentales para la aplicación de la normativa. Entre ellos, se encuentra un nuevo estándar probatorio para los casos de abuso de posición de dominio, que exige acreditar la existencia y el uso del poder de mercado, así como el nexo causal entre la conducta y sus efectos sobre la competencia.
Asimismo, la sentencia redefine el tratamiento de las prácticas colusorias, diferenciando entre acuerdos horizontales y verticales, incorpora cambios en la potestad para establecer la metodología de cálculo de las sanciones y traslada dicha competencia a la Junta de Regulación, en sustitución de la Superintendencia de Competencia Económica.
Otro aspecto de especial relevancia es el efecto retroactivo de la decisión, que podría incidir en procedimientos administrativos y sancionadores iniciados o concluidos bajo las disposiciones declaradas inconstitucionales, abriendo la posibilidad de revisar determinadas actuaciones conforme al nuevo marco jurídico.
Te invitamos a revisar nuestra nota informativa para conocer el alcance de la Sentencia No. 43-24-IN/26 y los principales aspectos que las empresas deben considerar frente a este importante precedente en materia de competencia.

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