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    Modificación de la Reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 y sus modificatorias

    Artículos26 de mayo de 2026
    Nuevo régimen de pronto pago en sanciones de consumo: el Decreto 377/2026 habilita una reducción del 50% de la multa para proveedores que consientan y abonen en plazo.

    El 22 de mayo de 2026 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 377/2026 introduciendo un cambio estructural en el procedimiento sancionatorio de consumo con el fin de fomentar la resolución rápida de expedientes y reducir la carga judicial.


    Entre los cambios más relevantes podemos advertir los siguientes puntos:

    • En primer lugar, el inciso c) al artículo 45 del Decreto reglamentario N° 1798/94, establece que los proveedores que reciban una sanción de multa por parte de la Autoridad Nacional de Aplicación podrán abonar solo la mitad del monto fijado. Para que la reducción del 50 % sea efectiva, el infractor debe cumplir simultáneamente con lo siguiente: 
    • Consentimiento de la sanción: El proveedor debe aceptar la resolución sin cuestionarla.
    • Plazo perentorio: El pago debe acreditarse dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la notificación de la disposición sancionatoria.
    • Renuncia a la apelación: El beneficio caduca automáticamente si, dentro del mismo plazo de 10 días, el infractor interpone el recurso directo de apelación previsto en el artículo 45 de la Ley N° 24.240.
    • Límite Legal (Monto Mínimo): Es importante destacar que la reducción tiene un piso: en ningún caso el monto final a pagar, tras aplicar el descuento, podrá ser inferior al mínimo legal establecido para las multas en el artículo 47, inciso b) de la Ley de Defensa del Consumidor.

    La reforma responde a varios objetivos estratégicos como la unificación de criterios para alinear el procedimiento nacional con el de diversas jurisdicciones locales y con otras normas de comercio interior (como el Decreto 274/2019) que ya aplicaban incentivos similares y una eficiencia administrativa, que busca una gestión pública más ágil al cerrar expedientes de forma temprana.


    Además, busca una reducción de costos ya que pretende disminuir la litigiosidad administrativa y judicial, evitando gastos excesivos tanto para el Estado como para las empresas en procesos prolongados.


    Vigencia: La norma fue firmada el 21 de mayo de 2026 y entró en vigencia el 22 de mayo de 2026, tras su publicación en el Boletín Oficial.

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